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​PERSONE​RÍA
RESPONSABLE: Angela Tatiana Portillo Ortiz  


MISIÓN

Proporcionar a la comunidad de La Vega Cundinamarca, las herramientas conceptuales, constitucionales y legales necesarias para garantizar el ejercicio y la protección de los derechos fundamentales, el desarrollo participativo y la promoción de los Derechos Humanos. Del mismo modo aplicar los mecanismos legales de control preventivo que garanticen el ejercicio de la función administrativa y la concreción de los fines esenciales del Estado Social de Derecho.


FUNCIONES GENERALES​
  • Las establecidas en el artículo 178 de la ley 136 de 1994
  • Las establecidas en el artículo 24 de la ley 617 de 2.000

FUNCIONES ESPECÍFICAS

En asuntos administrativos: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos administrativos, las siguientes:​

  • Ordenar el gasto y Controlar la ejecución presupuestal de la Personería.
  • Preparar el proyecto anual del presupuesto de la Personería, para ser remitido a la administración municipal. 
  • Suscribir los contratos y convenios que sean necesarios para el buen funcionamiento de la entidad.
  • Administrar los bienes de la Personería Municipal.
  • Realizar en forma directa la vigilancia administrativa de acuerdo a los procedimientos establecidos en la ley 734 de 2002.
  • Controlar el cumplimiento de los contratos y convenios celebrados por la Personería.
  • Proyectar los actos administrativos de nombramiento, desvinculación y demás novedades del secretario(a) de la Personería y realizar su aseguramiento al régimen de seguridad social.
  • Administrar el almacén de la Personería Municipal.

En asuntos técnicos: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos técnicos, las siguientes:

  • Realizar los informes requeridos por la Procuraduría General de la Nación, Departamental o Provincial o cualquier otra autoridad competente.
  • Dirigir el cumplimiento del procedimiento en los procesos que se adelanten en la Personería Municipal.

En asuntos penales: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos penales, las siguientes:

  • Ejercer la función del Ministerio Público ante la fiscalía local y juzgado promiscuo municipal, conforme a la constitución y la ley.
  • Procurar como representante de la sociedad, sanciones a las infracciones a la ley penal, la defensa de las personas acusadas sin justa causa, la protección de los derechos humanos de los procesados, la indemnización de los perjuicios causados con la infracción.
  • Pedir la práctica de pruebas conducentes al esclarecimiento de la verdad, las medidas de aseguramiento o la libertad del procesado, presentar alegatos e interponer recursos si se amerita; asistir e intervenir en las audiencias públicas y en general intervenir en todas las diligencias y actuaciones del proceso penal. 
  • Efectuar visitas permanentes a la cárcel municipal y estaciones de policía donde se encuentre eventualmente detenida una persona y velar por que les sean respetados sus derechos.
  • Efectuar la entrevista socioeconómica a aquellas personas que soliciten defensor público y rendir los correspondientes informes a la Defensoría del Pueblo.
  • Notificarse personalmente en el juzgado y fiscalía de las providencias y demás actuaciones procésales.
  • Denunciar ante las autoridades competentes los hechos que originen responsabilidad, penal o administrativa, de los hechos que tenga conocimiento, susceptibles de investigación oficiosa y recibir los documentos y demás pruebas necesarias al efecto.

En asuntos relacionados con el medio ambiente y desarrollo urbanístico: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos de desarrollo urbanístico y medio ambiente las siguientes:

  • Velar por la defensa de los bienes fiscales, los de uso público, los integrantes del patrimonio histórico, el amueblamiento urbano y demandar de las autoridades competentes, las medidas necesarias para impedir la perturbación y ocupación de los bienes fiscales y de uso público.
  • Vigilar que las obras de desarrollo urbanístico, cumplan con las disposiciones legales, Acuerdos Municipales y que no lesionen los intereses comunes.
  • Vigilar que las entidades municipales, facultadas para otorgar los permisos para construcción y planos de urbanismo, cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias.
  • Vigilar que las entidades municipales facultadas para la expedición de licencias de funcionamiento a establecimientos de industria, comercio y otras que presten servicio al público cumplan con las disposiciones legales.
  • Vigilar la efectiva formulación y entrega de las áreas de cesión por los urbanizadores al Municipio y en caso de hallar irregularidades, pedir las investigaciones de rigor a las autoridades competentes.
  • Solicitar a las autoridades competentes del orden nacional departamental y municipal según el caso, las investigaciones por violación a las normas legales relacionadas con el control de los asentamientos anormales y la protección del medio ambiente.
  • Vigilar que las autoridades ambientales municipales y Planeación municipal, cumplan con sus funciones de acuerdo a la ley y los acuerdos respectivos.
  • Vigilar Que las entidades facultadas para expedir licencias ambientales, cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias.

En asuntos policivos: Son funciones del Despacho del personero(a) Municipal en asuntos policivos las siguientes:

  • Ejercer las funciones del Ministerio Público ante la inspección de policía de acuerdo a la Constitución política, las leyes, los acuerdos y demás normatividad.
  • Intervenir en los procesos contravencionales de tránsito, cuando lo considere necesario para la defensa del orden jurídico o a solicitud de alguna de las partes en el proceso.
  • Intervenir como agente especial en los proceso de policía en los cuales debe cumplir funciones de Ministerio Público, cuando así lo considere necesario o a petición de parte.
  • Notificarse personalmente de las providencias y demás actuaciones procésales especialmente aquellas que por ley lo requieran.

En asuntos de familia, protección al menor y derechos humanos: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos relacionados con la familia, el menor y los derechos Humanos las siguientes:

  • Ejercer las funciones del Ministerio Público en los procesos y actuaciones que adelanta el Juzgado Promiscuo Municipal, en la materia.
  • Velar por la protección y defensa de los derechos del menor y cuando por cualquier medio tenga conocimiento de las situaciones de abandono o de peligro en que se encuentre un menor, informar a la defensoría de familia o en su defecto a la autoridad de policía para que se tomen de inmediato las medidas necesarias para su protección.
  • Recibir y tramitar las quejas que se presenten contra funcionarios por violación a los derechos del menor.
  • Solicitar a la autoridad competente las investigaciones disciplinarias y penales a que hubiere lugar contra funcionarios que infrinjan, torturen, den tratos crueles e inhumanos y degradantes a las personas.
  • Cooperar con la Defensoría del Pueblo en la implementación de políticas que esta fije.
  • Divulgar la Constitución y en coordinación con otras autoridades adelantar programas de promoción prevención, educación y concientización sobre los derechos humanos y los deberes fundamentales del hombre.
  • Solicitar de los funcionarios de la rama judicial los informes necesarios sobre hechos que se relacionen con la violación de los derechos humanos.
  • Velar por el respeto de los derechos Humanos de los recluidos y usuario​s en Cárceles, ancianatos, jardines infantiles, guarderías, hogares infantiles, escuelas, colegios de carácter oficial y privados.
  • Exigir de las autoridades municipales las medidas necesarias para prevención de epidemias.
  • Propender por la protección y cuidado de menores e informar a la autoridad competente cuando no se dé cumplimiento a esto.

En asuntos relacionados con derechos de petición, consulta, quejas; acciones constitucionales, derechos del consumidor y servicios públicos domiciliarios: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal en asuntos relacionados con los derechos de petición, consulta, quejas; acciones constitucionales, derechos del consumidor y servicios públicos domiciliarios, las siguientes.

  • Recibir quejas y reclamos sobre funcionarios de la administración y procurar el respeto de los derechos e intereses de los asociados.
  • Orientar a la ciudadanía en sus relaciones con la administración indicándoles la autoridad a la cual deben dirigirse para la solución de sus problemas.
  • Velar por la efectividad del derecho de petición y con tal fin instruir debidamente a quienes deseen presentar una petición, escribir las de quienes no pueden o no supieren hacerlo, recibir y solicitar, de acuerdo a lo estipulado en el titulo 1 y 2 del código contencioso administrativo y demás normas concordantes.
  • Recibir quejas, solicitar la intervención de los organismos técnicos, judiciales y policivos competentes.
  • Iniciar las investigaciones, ejercer las acciones autorizadas por la ley en procura de la defensa de los derechos e intereses del consumidor y usuarios de los servicios públicos.
  • Recibir las notificaciones de las providencias que nieguen la petición sobre el derecho de la información.
  • Poner en conocimiento de las autoridades los hechos presuntamente delictivos para que sean investigados.
  • Asesorar a los ciudadanos, cuando por causa de la violación a sus derechos se haga necesario interponer alguna acción constitucional.
  • Interponer las acciones constitucionales que sean del caso, cuando exista vulneración o amenaza a derechos e intereses colectivos.

En asuntos relacionados con las conductas y cumplimiento de funciones de servidores públicos: Son funciones del Despacho del Personero(a) Municipal, en asuntos relacionados con las conductas y cumplimiento de funciones de los Servidores Públicos, las siguientes:

  • Vigilar la conducta de los servidores vinculados de las entidades de su competencia y que amerite ser investigados disciplinariamente.
  • Tramitar y adelantar las indagaciones preliminares e investigaciones disciplinarias por quejas y reclamos, contra los servidores públicos de la administración municipal, acorde con la constitución y las leyes.
  • Denunciar ante la autoridad competente, las presuntas faltas disciplinarias cometidas por funcionarios públicos, cuya investigación no es de su competencia.
  • Elaborar los autos interlocutorios dentro de las diligencias preliminares o investigaciones disciplinarias que se adelanten en la Personería y proferir en estas últimas la decisión de sanción o absolución respectiva. 

¿Qué hacer para comunicar una irregularidad?

De manera directa acercándose a las instalaciones de la Personería o de forma escrita radicando la solicitud o queja proporcionando los datos necesarios para identificar el funcionario o la entidad que presuntamente incurre en la irregularidad.
 

Información de contacto

Personera Municipal : Angela Tatiana Portillo Ortiz 
Teléfono Personería: 301 628 9003​
Dirección: 
Carrera 3 No 19-71 – Segundo Piso. La Vega - Cundinamarca.
Carrera 3 No 21-55 Local 3. La Vega - Cundinamarca. 
Correo Electrónico: personeria@lavega-cundinamarca.gov.co​
Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 am a 12:00 y de 2:00 a 6:00 pm ​​​


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